Los procesos por delitos levesManifestaciones del principio de oportunidad. Actividad instructora y principio acusatorio

  1. Rodríguez Tirado, Ana María
Revista:
Revista General de Derecho Procesal

ISSN: 1696-9642

Año de publicación: 2016

Número: 38

Tipo: Artículo

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Resumen

La reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, ha supuesto la eliminación de las faltas y la nueva creación de una nueva clase de infracción penal, los delitos leves, en los que se transforman buena parte de las faltas formalmente suprimidas. En cuanto a su regulación procesal, el legislador se remite al viejo juicio de faltas, con cambio de denominación y unos mínimos retoques, que mantiene como procedimiento tipo para encauzar los procesos por delitos leves (con nuevos retoques incorporados por Ley Orgánica 13/2015 y Ley 41/2015, de 5 de octubre). Por ello, se efectuará un análisis crítico de la nueva regulación del juicio por delitos leves en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a partir de la regulación anterior del juicio de faltas y de un breve acercamiento a los nuevos delitos leves, así como un análisis somero de las principales novedades incorporadas al procedimiento para los procesos de delitos leves, entre ellas, las manifestaciones de oportunidad que permiten, en determinados supuestos ante una escasa entidad de la infracción penal, el sobreseimiento a instancia del fiscal y con autorización del juez instructor. Este estudio relaciona, igualmente, el procedimiento del Libro VI con el recientemente implantado procedimiento para los procesos por aceptación de decreto, aplicable a los procesos por delito leves y en el que está presente el principio de oportunidad en su diseño. Asimismo, se analizará la ausencia formal, más que real, de una fase de instrucción en el nuevo juicio por delitos leves y la afectación del principio acusatorio.