La configuración de la imprudencia como «grave» y «menos grave» en los delitos de homicidio y lesiones de los arts. 142 y 152 CP tras la reforma del código por la LO 1/2015Especial referencia a su conceptualización en el ámbito vial

  1. Luis Rodríguez Moro
Revista:
Revista de Derecho Penal y Criminología

ISSN: 1132-9955

Año de publicación: 2018

Número: 20

Páginas: 131-179

Tipo: Artículo

DOI: 10.5944/RDPC.20.2018.26447 DIALNET GOOGLE SCHOLAR

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Resumen

No cabe duda de que las reformas realizadas en el Código penal por la reciente LO 1/2015, de 30 de marzo, son de enorme trascendencia. Tanto las relativas a la Parte General del Derecho penal como las relativas a los delitos en particular. Si con anterioridad a la reforma los delitos de homicidio y lesiones sancionaban, en los arts. 142 y 152 CP, los cometidos por imprudencia grave y por imprudencia leve, ahora esta segunda categoría desaparece para dejar hueco a la llamada imprudencia menos grave. El presente trabajo tiene como fin analizar esta modificación, conceptualizar la nueva categoría de imprudencia y delimitar su espacio de acción con respecto a la grave, que sigue prevista en el Código, y la leve que expresamente se reconduce al ámbito civil, tal y como indica el Preámbulo de ley reformadora

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