Los sujetos en el contrato de depósito

  1. HERAS HERNANDEZ M. MAR
Zuzendaria:
  1. Silvia Díaz Alabart Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Defentsa urtea: 1995

Epaimahaia:
  1. Manuel Albaladejo García Presidentea
  2. Manuel Cuadrado Iglesias Idazkaria
  3. Luis Martínez Vázquez de Castro Kidea
  4. Ángel Carrasco Perera Kidea
  5. José María Pena López Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 47860 DIALNET

Laburpena

En este trabajo se plantea, quizás por vez primera, el estudio unitario de los sujetos en el contrato de deposito. Iniciamos este examen con el acercamiento a particulares figuras como el deposito a favor de tercero, en sus distintas modalidades, el deposito de cosa propia, o situándonos en el ámbito de la fiducia que impregna en ocasiones al contrato, la admisión del subdepósito, condiciones de su licitud y responsabilidad. Reparando en la consideración de que el negocio jurídico que nos ocupa, se configura como un acto de mera administración para ambos sujetos, se constata la necesidad de que concurra en ellos, la capacidad para administrar. Se sigue con el análisis del termino reivindicar empleado por el articulo 1765 y sus distintas acepciones, ante las cuales nos decantamos por propugnar su sentido técnico jurídico, lo que en nuestra opinión, solo es plausible, si dicha norma es constitutiva de limitación de la reivindicación mobiliaria.