La ineficacia en los contratos celebrados con los consumidoresla nulidad de las cláusulas abusivas

  1. BLANDINO GARRIDO, MARIA AMALIA
Dirigida por:
  1. Manuel Rivera Fernández Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Cádiz

Fecha de defensa: 25 de noviembre de 2003

Tribunal:
  1. Angel Manuel López-López Presidente/a
  2. Evelia Muñoz Sánchez-Reyes Secretaria
  3. Francisco Javier Orduña Moreno Vocal
  4. Francisco de Sales Capilla Roncero Vocal
  5. José Antonio García-Cruces González Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 100502 DIALNET

Resumen

Si bien son varias las obras destinadas al tratamiento de las condiciones generales de la contratación, en cuanto modo de contratar característico de la sociedad contemporánea, carecemos en nuestro país de una monografía que aborde el estudio del régimen de la ineficacia (en sentido estricto, nulidad) de las cláusulas de condiciones generales que resulten abusivas o inicuas. Este es precisamente el vacío que intenta cubrir la tesis que se presenta, la cual, sin descuidar el necesario tratamiento dogmático, pretende ofrecer una visión práctica del modo en que una cláusula predispuesta e impuesta por un empresario o profesional, en su contratación habitual, y que tenga la consideración de abusiva, puede ser eliminada de los contratos celbrados (o a celebrar) y los efectos que de ello derivan. En la introducción del trabajo, tras un acercamiento general a la figura de los contratos celebrados mediante la adhesión a clausulados predispuestos, se realiza un análisis del significado y alcance del control de contenido de las cláusulas no negociadas individualmente, a través del concepto de cláusulas abusivas. Tras la introducción, la obra se divide en tre partes bien diferenciadas: En la primera parte, se aborda el estudio de la nulidad de las cláusulas abusivas cuando la misma se plantea en el marco de un proceso individual, con el que se pretende la tutela de un determinado consumidor, adherente a un contrato determinado (acciones individuales). La segunda parte del trabajo trata, en profundidad, el régimen de la nulidad de las condiciones generales abusivas, cuando la alegación de este defecto se realiza, por las entidades legitimadas, a través de las novedosas "acciones colectivas". Se estudian entonces los antecedentes legales, doctrinales y jurisprudenciales hasta llegar la reconocimiento de las acciones colectivas en el ámbito de las condiciones generales de la contratación, las modificaciones que ha suf