La herencia gaditana. Bases tardío coloniales de las municipalidades salvadoreñas, 1808-1823
- HERRERA MENA SAJID ALFREDO
- Cinta Canterla Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad Pablo de Olavide
Fecha de defensa: 2005(e)ko ekaina-(a)k 15
- Enriqueta Vila Vilar Presidentea
- Consuelo Varela Bueno Idazkaria
- Ramón Arturo Vargas-Machuca Ortega Kidea
- Alberto Ramos Santana Kidea
- Juan Marchena Fernández Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
El trabajo pretende mostrar cómo la Constitución de Cádiz de 1812 -con vigencia en sus dos periodos (1812-14; 1820-21)- sentó las bases de las municipalidades salvadoreñas decimonónicas a partir del reconocimiento de derechos civiles y políticos a los diversos grupos de la sociedad (especialmente a los indios y a muchos ladinos) y a través de la formación de los ayuntamientos constitucionales. Y es que una vez alcanzada la independencia de España y México, en 1823, el nuevo Estado salvadoreño, heredó gracias al constitucionalismo gaditano a unas corporaciones políticas que condicionaron su fortaleza y debilidad durante gran parte del siglo XIX. Desde esa perspectiva, me interesa mostrar que las bases que llegaron a transformar a los gobiernos locales de las provincias de San Salvador y Sonsonate, sentadas por la Constitución liberal española de 1812, fueron las siguientes: formación de aquellos cuerpos a través del sufragio ciudadano; multiplicación de los ayuntamientos constitucionales; estructura homogénea y funciones igualitarias tanto interinas (como era la de administrar justicia) como permanentes (tareas de economía y policía en sus poblaciones)