Administración única y constitución. "pluralidad de administraciones públicas y distribución de competencias

  1. FERNÁNDEZ ALLES, JOSÉ JOAQUÍN
Dirigida por:
  1. José Luis García Ruiz Director

Universidad de defensa: Universidad de Cádiz

Fecha de defensa: 21 de enero de 2002

Tribunal:
  1. José Luis López Guerra Presidente/a
  2. Juan Manuel López Ulla Secretario
  3. José Ignacio Morillo-Velarde Pérez Vocal
  4. Pablo Pérez Tremps Vocal
  5. Gerardo José Ruiz-Rico Ruiz Vocal
Departamento:
  1. Disciplinas Juídicas Básicas

Tipo: Tesis

Teseo: 86968 DIALNET

Resumen

La tesis doctoral aborda un problema jurídico-constitucional, muy relevante en el debate sobre la organización territorial española y de inevitable consecuencia prácticas: el derivado de las duplicidades entre Administraciones públicas, solapamientos competenciales y descoordinación entre políticas territoriales. Estas disfunciones tienen su causa en el régimen constitucional de distribución de competencias ejecutivas, que es casuístico, confuso, problemático y carece de un principio general de atribución: ni a favor del Estado, ni a favor de las Comunidades Autónomas; tampoco contempla un sistema de relaciones intergubernamentales. Como consecuencia de todo ello quedan conculcados concretos principios constitucionales de los artículos 31.2 y 103.1 CE: coordinación, descentralización, eficacia ... En las dos últimas décadas, junto a la esencial contribución del Tribunal Constitucional, diversas aportaciones doctrinales han intentado resolver el problema constitucional descrito: el Informe de la Comisión de Expertos sobre Autonomías (1981), los Informes sobre Autonomías (Aja, Tornos el al.), y los manuales, monográficos y artículos de los profesores Tomás y Valiente, López Guerra, Muñoz Machado, Solozábal Echavarría, Jiménez Asensio, etc. Entre todas ellas, esta tesis doctoral sigue el hilo conductor de la propuesta de Administración única (Fraga, 1992), que justifica su elección como objeto de esta tesis doctoral en las siguientes razones: 1,- Trata de resolver el citado problema consitucional. 2,- Por sí misma plantea cuestiones constitucionales, contribuyendo al debate sobre los límites de la organización territorial española. 3,- Se ha constituido, ya en sede parlamentaria, ya la exposición de motivos, ya en el articulado, en el fundamento de las importantes reformas aprobadas en España desde el a ño 1996, en los niveles de gobierno y Administración: LOFAGE 6/1997; Ley 50/1997, de Gobierno;