El "ius connubii" y el "favor iuris". Estudio sobre su mutua relación
- CALLEJO DE PAZ, RUFINO
- José María Díaz Moreno Director/a
Universidad de defensa: Universidad Pontificia Comillas
Fecha de defensa: 25 de junio de 2003
- Estanislao Olivares D'Angelo Presidente/a
- Juan José Etxeberria Sagastume Secretario/a
- Manuel Calvo Tojo Vocal
- Juan José García Faílde Vocal
- José Manuel Díaz Moreno Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Partiendo del favor y de la defensa que el matrimonio ostenta en el derecho de la iglesia, "Favor Matrimonio", reflejados en el principio general recogido en el actual C. 1060, hacemos un desglose de dicho favor y estudiamos su aplicación al momento previo y al posterior a la celebración en forma del matrimonio. El "Favor Antecedens" lo concretamos fundamentalmente en la defensa y promoción que la Iglesia hace del derecho al matrimonio o "Ius Connubii". Relacionamos dicho derecho con aspectos como la preparación al matrimonio, los impedimentos, la capacidad apra contraer o la forma canónica de celebración, y vemos como a pesar de las necesarias limitaciones, el "ius Connubii" es un derecho decisivo y un punto de despliegue para todo el derecho matrimonial que la iglesia promueve y facilita. La principal concreción del "favor consequens" en la que nos detenemos es el "favor iuris", o presunción de validez del matrimonio en caso de duda (C.1060). Analizamos las bases que fundamentan dicha figura, las incompatibilidades que creemos percibir con ciertos principios doctrinales y jurídicos de la Iglesia, los peligros que puede llevar consigo y la posible asintonía con la forma de entenderse el ejercicio del "Ius Connubii" desde el Derecho Canónico.