El sistema de fuentes de la función pública localconsecuencias de la coexistencia de títulos competenciales diferenciales

  1. Picó Enseñat, Miguel Ramón
Dirigida por:
  1. Jesús Angel Fuentetaja Pastor Director/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Año de defensa: 2009

Tribunal:
  1. José Ramón Parada Vázquez Presidente/a
  2. Enrique Linde Paniagua Secretario/a
  3. Javier Guillén Caramés Vocal
  4. Luis Miguel Arroyo Yanes Vocal
  5. Josefa Cantero Martínez Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 283454 DIALNET

Resumen

Esta Tesis ha tenido como objetivo fundamental -tal y como reza en su título- analizar las consecuencias que para el Sistema de Fuentes de la Función Pública Local supone la coexistencia de una pluralidad de Títulos Competenciales incidentales diferenciales. Y más concretamente demostrar que una de sus consecuencias esenciales es la generación de unas antinomias jurídicas para cuya superación los Principios Aplicativos Ordinarios devienen insuficientes, constituyendo por ende el objetivo final de esta Tesis proponer una solución aplicativa. En su estructura, la Tesis se corresponde con la dinámica llevada a término en las sucesivas fases de la investigación. En primer lugar se ha pretendido identificar y clasificar los diferentes problemas que aparecen en el Sistema de la Función Pública Local, tomando como criterios de referencia a efectos clasificatorios el de sus etiologías y sus patologías, o, dicho de otra manera, el de las causas y las formas de manifestación de las diferentes problemáticas jurídicas. En segundo lugar, la investigación y por ende la Tesis, se ha centrado en delimitar y obtener una definición conceptual de las patologías derivadas de la coexistencia de una pluralidad de Títulos Competenciales incidentales; a las que se ha denominado: "Problemas Competenciales". Definidos los "Problemas Competenciales", la investigación se ha orientado a analizar los elementos que se consideraban determinantes en su génesis. La tercera fase de la investigación se ha llevado a término con un doble objetivo: Por una parte, demostrar la imposibilidad de dar una solución aplicativa a los "Problemas Competenciales" mediante la utilización de los Principios Aplicativos Ordinarios (Cronológico, Jerárquico, de Especialidad y de Competencia, éste último tanto respecto a la Fuente Material como respecto a la Fuente Formal) y, por otra parte, como correlato inmediato, proponer una solución aplicativa. En esta última labor se ha puesto de manifiesto que si bien la categoría de los "Problemas Competenciales" desde el punto de vista causal indudablemente constituía un único género, sin embargo, en función de que la magnitud de la incidencia de los diferentes Títulos Competenciales coincidentes fuese intensa, periódica o puntual, nos encontrábamos ante unas especies con unas patologías y unas propuestas de soluciones aplicativas diferenciales. Dentro de esta última fase el epicentro del discurso jurídico se ha residenciado en el análisis y resolución de la colisión normativa entre Títulos Competenciales de Incidencia Intensa de Derecho Sustantivo, es decir, la resolución de las antinomias que se configuran entre las Materias: "Régimen Estatutario de los Funcionarios Públicos" ex 149.1.18.2º inciso y "Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas" (entre las cuales se encuentra la Administración Local) ex 149.1.18.1r inciso, ambos de la Constitución. Asimismo, dentro del análisis de los "Problemas Competenciales" derivados de Títulos Competenciales diferenciales de Incidencia Intensa, se ha considerado procedente llevar a término el estudio de la problemática específica provocada por la colisión entre normas de Derecho Sustantivo y de Derecho Adjetivo. Finalmente, dada su importancia dentro del Sistema de Fuentes de la Función Pública Local, también se ha considerado procedente hacer una referencia específica a las especialidades que dentro de los "Problemas Competenciales" pudieran presentar, por una parte, las Ordenanzas y Reglamentos Locales y, por otra parte, los Acuerdos y Pactos Locales.