Régimen competencial y relaciones intergubernamentales sobre aduanas

  1. José Joaquín Fernández Alles
Revista:
Revista de Estudios Fronterizos del Estrecho de Gibraltar: REFEG

ISSN: 1698-1006

Año de publicación: 2015

Número: 2

Páginas: 4

Tipo: Artículo

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Resumen

Aunque por su vinculación al concepto de soberanía el régimen aduanero está formalmente atribuido a la competencia exclusiva del Estado por la Constitución de 1978 (art. 149.1. 10ª), según reconoce el Tribunal Constitucional se trata de una competencia legislativa de la Unión Europea regulada en el Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el Código Aduanero, cuya último texto legal ha sido el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013, aún en periodo transitorio. Esta atribución competencial es consecuencia de la naturaleza fundacional y constitucional de la materia aduanera en el Derecho de la Unión Europea y explica que en la actualidad la legislación estatal española no regule sistemáticamente el Derecho aduanero, cuyo régimen vigente en España está integrado por el citado Derecho de la Unión Europea y por normas reglamentarias estales de desigual relevancia normativa: desde reglamentos calificados de “legislación básica” hasta órdenes ministeriales. Es por ello que, en defecto de una configuración legislativa en sentido formal y a la espera de ulteriores desarrollos en una ley sistemática que consolide la regulación en esta materia, el régimen competencial sobre aduanas haya debido ser parcialmente configurado por el Tribunal Constitucional, quien ha establecido una delimitación de los títulos competenciales en presencia y un sistema de relaciones intergubernamentales fundamentado en los principios de coordinación y cooperación