El juicio «monitorio» de desahucio de finca arrendada por falta de pago del art. 440.3 LEC (modificado por Ley 37/2011)

  1. Ana María Rodríguez Tirado
Revista:
Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil

ISSN: 1697-7068

Año de publicación: 2012

Número: 96-97

Tipo: Artículo

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Resumen

La nueva redacción del art. 440.3 LEC en virtud de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, incorpora en nuestro ordenamiento el juicio «monitorio» de desahucio, que cambia significativamente la estructura del juicio verbal en la tramitación de los procesos de desahucio de bienes inmuebles arrendados por falta de pago, con independencia de que se acumule o no la acción de reclamación de rentas o cantidades debidas. Las semejanzas del que hemos denominado juicio «monitorio» de desahucio y la técnica monitoria diseñada en los arts. 812 y siguientes LEC son notables (si bien es cierto que el monitorio está pensado para satisfacer el derecho de crédito dinerario). Se prevé el requerimiento de pago, sin oír previamente al demandado, por el que se le insta a que desaloje, pague o comparezca y se oponga, quien de mantener una actitud pasiva, provocará que se pone fin al proceso por resolución del Secretario Judicial, que adquiere el carácter de título ejecutivo, que permitirá al demandante solicitar su ejecución. En este trabajo, se analiza las modificaciones procesales en materia de desahucio de finca arrendada, en particular, en las basadas en la falta de pago. Se profundiza, además, en el efectivo alcance de la nueva redacción del art. 440.3 LEC y en la naturaleza jurídica del juicio «monitorio» de desahucio de bienes inmuebles arrendados por falta de pago. Resulta, igualmente, interesante abordar la acumulación de pretensiones a la de desahucio, además de plantear algunas conclusiones finales.