ARTÍCULO 18. DETERMINACIÓN DEL DERECHO A PRESTACIONES

  1. María José Cervilla Garzón
Revista:
e-Revista Internacional de la Protección Social
  1. Sierra Benítez, Esperanza Macarena (coord.)

ISSN: 2445-3269

Año de publicación: 2016

Título del ejemplar: Comentario al articulado del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social

Volumen: 1

Número: 2

Páginas: 212-224

Tipo: Artículo

DOI: 10.12795/E-RIPS.2016.I02.19 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

Análisis del contenido del artículo 18 del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, cuyo contenido versa sobre la determinación del derecho a prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En términos generales, lo exiguo de su contenido, en comparación con lo previsto en los Reglamentos comunitarios 883/2004 y 987/2009, determina que pueda resultar poco eficaz para garantizar el derecho a las prestaciones derivadas de estas contingencias cuando se desarrollen actividades profesionales en diversos Estados firmantes

Referencias bibliográficas

  • - Sánchez-Rodas, C. “El convenio multilateral iberoamericano de Seguridad Social”, Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social núm. 26, 2011
  • - Sánchez-Rodas, C. “Sinopsis del Reglamento 883/2004 y del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”, en AA.VV.”El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la encrucijada: retos para la disciplina laboral”, Laborum, Murcia 2015
  • - Sánchez-Rodas, C. “Aproximación a la coordinación de Regímenes de Seguridad Social en el Reglamento 883/2004 y en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”, Revista Internacional de la Protección Social, núm. 1, 2016