4 de diciembre de 1997. Contrato de leasing, por el que el financiador cedía al cliente sus derechos y acciones contra el proveedor con exención de responsabilidad del primero frente al cliente. Anulación de este contrato y, sin embargo, Resolución por incumplimiento (aliud pro alio) del contrato de compraventa entre proveedor y financiador por el cliente cesionario. Cobro de lo indebido. Indemnización de daños y perjuicios

  1. Gavidia Sánchez, Julio V.
Aldizkaria:
Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil

ISSN: 0212-6206

Argitalpen urtea: 1998

Zenbakia: 46

Orrialdeak: 375-392

Mota: Artikulua

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