Matrimonio gitano, pensión de viudedad y discriminación en la aplicación de la ley

  1. Gavidia Sánchez, Julio V.
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2010

Número: 7380

Tipo: Artículo

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Resumen

La Corte de Estrasburgo ha condenado al Reino de España a indemnizar a una ciudadana de etnia gitana por no haberle reconocido el derecho a la pensión de viudedad, no habiendo estado casada con el cotizante fallecido, con quien convivió entre 1971 y 2000, tras celebrar una ceremonia nupcial según el rito gitano. Sin embargo, en la sentencia se reconoce que no es discriminatoria por motivos étnicos la no admisión por la ley de esta forma como una de las aptas para prestar el consentimiento matrimonial, así como que tampoco lo es exigir haber estado legalmente casado para que surja el derecho a esa pensión. Lo discriminatorio, por contrario al art. 12 Convención de Roma en relación con el art. 1 del protocolo núm. 1, fue la aplicación que se hizo de la ley en este caso, en comparación con el trato dispensado a otros supuestos, especialmente al matrimonio canónico no inscrito en el Registro Civil.