Análisis de las reglas favorabilia sunt amplianda y odiosa sunt restrigenda en relación a la adquisición y pérdida de la nacionalidad españolaA propósito de la STS núm. 696/2019, de 19 de diciembre

  1. Manuel Ángel Gómez Valenzuela 1
  1. 1 Universidad de Cádiz
    info

    Universidad de Cádiz

    Cádiz, España

    ROR https://ror.org/04mxxkb11

Revista:
Actualidad civil
  1. O'Callaghan Muñoz, Xavier (dir.)

ISSN: 0213-7100

Año de publicación: 2021

Número: 2

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Actualidad civil

Resumen

El presente trabajo tiene por objeto el análisis de la interpretación de las normas en materia de nacionalidad. Para dicho estudio se partirá de la reciente STS núm. 696/2019, de 19 de diciembre, la cual analizó el modo en que debía de interpretarse el artículo 24.3 del Código Civil, el cual regula la conservación y pérdida de la nacionalidad de los descendientes de emigrantes españoles que residen en el extranjero. Para ello, se expondrán los antecedentes y el fallo del Alto Tribunal, para luego analizar si, pese al principio de legalidad que debe regir en una disciplina que afecta al estado civil de las personas, existen lagunas o vacíos, y, en caso positivo, como se deberá integrar las normas. Se estudiará el principio favorabilia sunt amplianda y odiosa sunt restrigenda partiendo de supuestos concretos, despejando, a su vez, el complicado interrogante de si la españolidad beneficia o perjudica a la persona. La respuesta parece evidente en todos aquellos casos en que la no adquisición o pérdida de la nacionalidad española conduzca a un escenario de apatridia, pero no será así en los supuestos en los que el interesado adquiera otra nacionalidad. También se hilvanará el objeto de estudio con otra polémica que subyace en esta materia: la relevancia de la voluntad en sede de interpretación de las normas de nacionalidad.