Competencia del comité andaluz de disciplina deportiva para determinar la incompetencia del órgano disciplinario federativocomentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Málaga, de 11 de diciembre de 2015

  1. Millán Garrido, Antonio
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2016

Número: 8744

Tipo: Artículo

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Resumen

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 11 de diciembre de 2015, confirmando la del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Málaga, anula la Resolución del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva de 11 de enero de 2008, confirmatoria de otra anterior de 2007, que inadmitió el recurso interpuesto contra la suspensión de las asambleas de un club acordada, como medida provisional en un expediente disciplinario, por el Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Andaluza de Golf. En el comentario jurisprudencial, tras los antecedentes del fallo de analiza el ámbito de la disciplina deportiva, la atribución del ejercicio de la potestad disciplinaria en la Ley del Deporte de Andalucía y la competencia del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, que es el objeto directo de controversia en el asunto debatido.