Legitimus

  1. Francisco Carpintero
Revista:
Rivista internazionale di filosofia del diritto

Año de publicación: 2020

Volumen: 97

Número: 1

Páginas: 1-19

Tipo: Artículo

Resumen

Los Hermanos Menores de San Francisco plantearon un serio problema a los juristas, y también a la Iglesia. Porque ellos no solamente querían no ser propietarios de ninguna cosa, «ni en común ni en particular», sino también vivir al margen del derecho. Diversos juristas les propusieron una fórmula de transacción, a saber, la Santa Sede era la propietaria de los bienes que ellos usaban, y los Franciscanos poseerían un usufructo sobre ellas. Rechazaron esta posibilidad porque suponía usar del derecho. Ellos usaban de dominia, libertates o facultates concedidas Ex Prima justitia Dei, aún antes de la Ley natural. Era preciso encontrar un término que describiera esta realidad que no se fundamentaba en ninguna ley existente. Hasta entonces, el adjetivo legitimus había designado el uso permitido por las leyes. Pero de una forma tan impersonal como colectiva, la dimensión semántica de esta palabra fue derivando hasta designar una conducta lícita y anterior a las leyes. Esta mentalidad alcanzó su madurez con Francisco Suárez, que habló de una Qualitas moralis. Pero entretanto, se consolidó el uso del término “legitimo" en el sentido indicado.