La determinación de la penaLa individualización armonizadora

  1. Rivas Lucena, María Elena
Dirigida por:
  1. Borja Mapelli Caffarena Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 29 de noviembre de 2017

Tribunal:
  1. Lorenzo Morillas Cueva Presidente/a
  2. Pablo Rando Casermeiro Secretario/a
  3. Luis Ramón Ruiz Rodríguez Vocal
  4. Teresa Aguado-Correa Vocal
  5. Vicenta Cervelló Donderis Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 501914 DIALNET lock_openIdus editor

Resumen

La Armonía se ha convertido en el hilo conductor de este trabajo. La determinación de la pena y su posterior individualización alejados de postulados absolutistas y arbitrarios, precisa de una racionalidad visual que es ofrecida por la Armonía ( o comprensión del proceso mental llevado a cabo por la Juez). Para su estudio se ha dividido la tesis en seis capítulos: el primero de ellos, una introducción centrada en la relación existente entre la determinación de la pena y su individualización con la Armonía. El segundo capítulo se centra en la evolución histórica de la codificación. El tercer capítulo efectúa un breve estudio de los distintos fines de la pena y su interacción con la determinación de la pena. El capítulo cuarto se dedica a los distintos factores externos que condicionan el proceso de morfologia de la pena y como se convierten en elementos que pueden poner en peligro la Armonía, al centrarse en elementos individuales de la determinación de la pena y no en su conjunto. Los capítulos quinto y sexto conforman el núcleo duro de la tesis. El capítulo quinto gira en torno al proceso de morfologia de la pena. Una pena inicialmente indeterminada sobre la base de un marco legal sobre el que se va a desplazar el órgano jurisdiccional y cúales son los elementos configuradores del sistema armónico, tanto de naturaleza aritmética, como de naturaleza orientadora, como cláusula de cierre del sistema a la arbitrariedad, con especial hincapié del articulo 66 y su posición armónica dentro de la individidualización judicial de la pena. Por último, el capítulo sexto cierra el estudio de la Armonía desde la perspectiva de la incidencia de la respuesta sancionadora y su determinación e individualización en el marco de las personas jurídicas. La conversión de lo abstracto a lo concreto en la determinación de la pena mediante la individualización del hecho y las circunstancias que rodean al delincuente se halla enmarcada y orientada en una partitura, en la que existe espacio para dosis de arbitrio, así como factores condicionantes externos. Sólo cuando el ciudadano recibe una visión racional de la individualización, podemos hablar de armonía; efectivamente se trata de un frágil equilibrio que tiene como punto de partida un sistema de penas relativamente indeterminades. En el camino a la Armonía desde el esquema de penas relativamente indeterminadas confluyen diversos elementos. No todos afectan en el mismo grado ni en la misma parte del percorso, por el contrario, la naturaleza inspiradora de unos, la rigidez de otros y el caràcter transacional o individualizador de los últimos, configuran el sistema actual. Sistema que no es ajeno al tiempo y contexto en el que se aplica, cerrando, por tanto, el sistema las políticas dogmàtica y criminales existentes.