Las garantías personales en el concurso de acreedores.

  1. Alonso Nuñez, Manuel José
Dirigida por:
  1. Manuel Rivera Fernández Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 10 de septiembre de 2014

Tribunal:
  1. Francisco de Sales Capilla Roncero Presidente/a
  2. Josefa Brenes Cortés Secretario/a
  3. Andrés Rodríguez Benot Vocal
  4. César Hornero Méndez Vocal
  5. Arturo Álvarez Alarcón Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 365931 DIALNET

Resumen

RESUMEN DE LA TESIS ¿LAS GARANTÍAS PERSONALES EN EL CONCURSO DE ACREEDORES¿ La ley del concurso de acreedores de 2003, así como sus sucesivas modificaciones de 2009 y 2011 principalmente, ha supuesto una nueva configuración de las garantías personales, y en especial de la fianza en el ámbito concursal. En este sentido, el derecho sustantivo de fianza, representado esencialmente por el Código Civil, ha visto modificado el alcance de sus normas en cuanto al ámbito del concurso de acreedores. No obstante, dichas modificaciones deben ser consideradas únicamente como una limitación excepcional de la regulación de la fianza y demás normas reguladoras de las garantías personales, no suponiendo derogación alguna de la general regulación ni de su esencia y, en consecuencia, se mantiene la regulación sustantiva de estas instituciones. Sin embargo, no cabe duda que dicha regulación sustantiva ha sido tocada de importancia en cuanto a la regulación que afecta al concurso de acreedores. En este contexto, la tesis que ahora se deposita trata fundamentalmente de poner claridad en el alcance de la modificación operada por la Ley concursal en las garantías personales y en especial en la fianza, subrayándose en ella el nuevo alcance que la nueva normativa da a la norma sustantiva en relación al concurso. El trabajo realizado en la tesis se centra en el estudio de cada una de las instituciones afectadas por las modificaciones legislativas y su atemperación con las demás normas existentes en nuestro ordenamiento. Así, se abarca con rigurosidad en nuestro estudio los efectos de la declaración del concurso sobre los créditos con garantía personal. Para ello, partiendo de la finalidad del concurso, hemos analizado el especial atractivo en el concurso de las garantías personales con relación a las garantías reales, y su diferencia de tratamiento en la Ley concursal. Hemos estudiado la incidencia de este tipo de garantías sobre el crédito garantizado y sus nuevos efectos en el concurso, con especial consideración a la fianza. Al hilo de este estudio nos hemos detenido en el estudio de los efectos del vencimiento anticipado de las garantías personales, la suspensión del devengo de intereses, así como de los efectos de la compensación de créditos, haciendo referencia a los distintos criterios de la doctrina y de la jurisprudencia en esta materia. Apartado expreso han tenido los efectos que da la nueva regulación al beneficio de excusión en la actual normativa concursal, y en especial en cuanto a las fianzas solidarias. Especial tratamiento hemos dado también en nuestro estudio a la incidencia de la nueva regulación concursal en cuanto a los principios de subsidiariedad y de de accesoriedad y muy especialmente a los perjuicios que actualmente tiene la subrogación del fiador en la posición del acreedor en el concurso. Se dedican en la tesis especial estudio a la regulación de las garantías personales en las fases del concurso relativas a la comunicación y al reconocimiento de créditos. Se estudia con detenimiento el reconocimiento íntegro del crédito por el pago hecho por el fiador, como acreedor por derecho propio, así como el aspecto contingente del crédito cuando aún no ha cumplido con su obligación de garantía. Todo ello sin olvidar en este apartado de una justificada referencia a la comunicación y reconocimiento de créditos afianzados en los casos de concursos múltiples. Un apartado importante de la tesis se ha dedicado a estudiar el funcionamiento de las garantías personales en el convenio concursal, con especial consideración al carácter vinculante del convenio sobre los fiadores y las garantías personales, profundizando en las consecuencias de la accesoriedad de las garantías personales y las consecuencias del sentido del voto de acreedor garantizado. No podía dejarse pasar esta tesis del estudio de los efectos de los acuerdos de refinanciación en las garantías personales. Partiendo del estudio de otros modelos existentes en derecho comparado hemos analizados seguidamente el sistema español introducido por la nueva legislación concursal, incidiendo en su fundamento, en su contenido y en sus presupuestos y muy especialmente en cuanto a sus efectos en las garantías personales. Por último, y como piedra filosofal de la tesis, hemos estudiado profundamente la materia de la calificación y clasificación de los créditos con garantía personal en el concurso. En esta parte de la tesis nos hemos detenido en el estudio del nuevo art. 87.6 LC como revulsivo y justificación del estudio de nuestra tesis. Hemos analizado su razón de ser y su justificación, las distintas interpretaciones de la doctrina y la jurisprudencia, y su automatismo. En este apartado de la tesis no podíamos dejar sin estudiar la problemática de la subrogación en caso de pago por el garante, de la calificación de aquellos créditos afianzados por personas especialmente relacionada con el deudor, ni tampoco la interpretación de la frase ¿créditos menos gravoso¿ contenida en aquel art. 87.6 LC como pilar importante para desentrañar el verdadero significado del artículo. Por ello, los criterios de créditos subordinados. Por último, las fianzas dadas por las sociedades matrices a sus filiales como garantes han tenido también su apartado concreto.