El derecho penal ante el covid-19. A propósito del derogado delito de propagación maliciosa de enfermedades

  1. Cristian Sánchez Benítez 1
  1. 1 Universidad de Cádiz
    info

    Universidad de Cádiz

    Cádiz, España

    ROR https://ror.org/04mxxkb11

Revista:
Revista Electrónica de Estudios Penales y de la Seguridad: REEPS

ISSN: 2531-1565

Año de publicación: 2022

Número: 11

Tipo: Artículo

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Resumen

En este trabajo se someterá a un breve examen el derogado delito de propagación maliciosa de enfermedades, que conforme al Código penal de 1944 se sancionaba con la pena de prisión menor de seis meses a seis años. Se justifica dicho examen por la propagación en 2020 del virus conocido como Covid-19, que hasta el momento ha causado la muerte de más de cinco millones de personas en todo el mundo. En España, donde el virus ha tenido una incidencia muy relevante, se ha sugerido el posible castigo de su transmisión intencionada como un delito contra la salud pública, pese a que el Código penal vigente no contenga referencia alguna en tal sentido. De este modo, en este trabajo se analizará el artículo 348 bis del Código penal de 1944 y se valorará la posibilidad de introducir un precepto similar en el Código penal vigente.