Acceso al sistema de justicia penal de las víctimas vulnerables menores de violencia sexual. La prohibición de la mediación penal

  1. Ana María Rodríguez Tirado
Revista:
Revista de la asociación de profesores de derecho procesal de las universidades españolas

ISSN: 2695-9976

Año de publicación: 2023

Número: 7

Páginas: 81-130

Tipo: Artículo

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Resumen

En el presente trabajo, se aborda algunas cuestiones relativas a la puesta en contacto de la víctimas vulnerables menores de violencia sexual con el sistema de justicia penal por el hecho de ser víctimas con independencia de que quieran constituirse en acusación particular o no. En concreto, el planteamiento de este trabajo se estructura en cuatro bloques con aspectos que repercuten o pueden repercutir en el acceso lato sensu a la justicia de menores víctimas vulnerables de violencia sexual. En primer lugar, se analizará la estadística oficial sobre delitos contra la libertad sexual que explica el perfil de la víctima y el perfil del agresor, clarificando los conceptos de violencia sexual y de delitos sexuales. En segundo lugar, se abordará someramente los concepto de vulnerable y de vulnerabilidad en relación con la víctima de violencia sexual. En tercer lugar, se analizará las medidas de protección procesal en el acceso a la justicia de este colectivo de víctimas vulnerables en aras de minimizar su victimización secundaria, centrándonos en la presentación de la denuncia y la declaración de la víctima. Y, en cuarto lugar, se reflexionará sobre la pertinencia de la justicia restaurativa y la prohibición de la mediación penal con víctima menor vulnerable de violencia sexual. Nuestro ordenamiento jurídico viene reforzando la protección de la víctima desde hace años, culminando con la aprobación de la Ley del estatuto de la víctima del delito en 2015, que contiene medidas de protección procesal destinadas a las víctimas menores y, con particularidades, cuando hayan sido víctimas de delitos sexuales y de trata, ampliándose a las víctimas de delitos sexuales en 2022. Esta regulación se ha reforzado con la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia y con la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, con la consiguiente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que incorpora medidas de protección procesal en la fase de instrucción y en la de juicio oral.