Usura en tarjetas revolving. Nota sobre el «interés normal del dinero» en la jurisprudencia

  1. Juana María González Moreno 1
  1. 1 Universidad de Cádiz
    info

    Universidad de Cádiz

    Cádiz, España

    ROR https://ror.org/04mxxkb11

Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2024

Número: 10439

Tipo: Artículo

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Resumen

En esta nota abogamos por que se sigan enjuiciando las conocidas tarjetas revolving desde la óptica de la usura, y cuestionamos que la referencia que haya de utilizarse como «interés normal del dinero» para determinar si el interés remuneratorio aplicado es usurario deba ser el interés medio correspondiente a tarjetas de la misma naturaleza (esto es, a las tarjetas revolving), que es por lo que se ha inclinado últimamente la jurisprudencia.