Brexit y Cooperación Judicial Civil Internacionalopciones para Gibraltar

  1. Miguel Checa Martínez
Revista:
Cuadernos de Gibraltar = Gibraltar Reports: Revista Académica sobre la Controversia de Gibraltar = Academic Journal about the Gibraltar Dispute

ISSN: 2444-7382

Año de publicación: 2018

Título del ejemplar: Número 3 (2018-2019)

Número: 3

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Cuadernos de Gibraltar = Gibraltar Reports: Revista Académica sobre la Controversia de Gibraltar = Academic Journal about the Gibraltar Dispute

Resumen

La cooperación judicial civil internacional de los Estados Miembros de la UE con el Reino Unido puede quedar severamente reducida como consecuencia del Brexit si a la finalización del período transitorio, el 31 de diciembre de 2020, no ha sido aprobado un nuevo modelo de relaciones entre el RU y la UE que incluya acuerdos en materia de cooperación judicial civil. Otras soluciones multilaterales son posibles en el marco de la Conferencia de La Haya de DIPR o en relación con la adhesión del RU al Convenio de Lugano de 2007. Por el contrario, la situación de Gibraltar puede ser distinta a la del Reino Unido si el acuerdo separado de nuevas relaciones entre el RU y la UE en lo relativo a Gibraltar pudiese contener un repertorio suficiente de instrumentos de cooperación que permita salvaguardar la aplicación de al menos parte del Derecho Internacional Privado (DIPR) de la UE existente hasta la fecha