La extinción de los alimentos a los menores por razón de la edad de éstos
ISSN: 1697-7068
Año de publicación: 2018
Número: 134
Páginas: 5
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil
Resumen
La solicitud de extinción de la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad, instada por el progenitor no custodio en demanda de modificación de medidas, requiere la alegación de otros motivos además del simple cumplimiento de la edad de 18 años, ya contemplados en el Código Civil y desarrollados ampliamente por la jurisprudencia, cuando actualmente la mayoría de los hijos de esa edad siguen conviviendo y dependen económicamente de sus progenitores. La fijación de otros límites de edad y criterios, dependerá en gran medida de cada caso concreto y de las circunstancias personales tanto del hijo, como del progenitor obligado al pago, al no ser una obligación incondicional ni absoluta como en el caso de los menores de edad. Se analizan en este artículo los supuestos legales y su distinta aplicación por los tribunales, así como los efectos de la extinción y fecha de aplicación.